10 de August del 2014 a las 15:08 -
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El auto de procesamiento de la funcionaria de Policía Caminera
Según surge del auto de procesamiento, en una oportunidad, cuando realizaba tareas inherentes a su cargo junto a E.B. detuvieron a un persona que había cometido algunas infracciones.

(por Martín Corujo) Una vez más @gesor accedió al auto de procesamiento del caso que involucró a varios policías de Caminera, que venían trabajando en el destacamento de ruta nacional N°2 próximo a la ciudad de Mercedes. En este caso trata de la situación que terminó con el envío a prisión de la quinta funcionaria.

El Juez Letrado de Primera Instancia de 1º Turno de Mercedes, Dr. Marcelo Souto, procesó con prisión a la funcionaria policial S.D.A.M.A., imputándole un delito de fraude.

La mujer prestaba servicios ante la Dirección Nacional de Policía Caminera de Soriano desde hace unos once meses, sospechándose que cometió varias infracciones contra la Administración con el objetivo de obtener un beneficio económico propio. 

Según surge del auto de procesamiento, en una oportunidad, cuando realizaba tareas inherentes a su cargo junto a E.B. detuvieron a un persona que había cometido algunas infracciones. Sin la expedición de una boleta de contravención propia de estos casos, S.D.A.M.A. recibió la suma de mil o dos mil pesos.

Otra situación similar ocurrió cuando una persona abonó la multa en el Destacamento Policial pero al escribir en el recibo autocalcante con la suma real, la implicada interpuso un papel después de la primera vía que le correspondía al usuario y luego de entregar éste, completó las otras dos vías con un monto inferior. El saldo del dinero fue repartido, recibiendo S.D.A.M.A. la suma de dos a tres mil pesos para su beneficio personal. La persona reconoce su participación en los hechos relatados.

El representante del Ministerio Público solicitó el procesamiento y prisión de la indagada S.D.M.A. bajo la imputación de dos delitos de fraude en reiteración real. La defensa no se opuso a la calificación delictual pero solicitó que el procesamiento fuera sin prisión. El magistrado actuante entendió que debía procesar con prisión "atento al bien jurídico agredido, la gravedad de los hechos imputados, el tiempo durante el cual se extendió la ejecución de las conductas atribuidas y para evitar la obstaculización en la averiguación de la verdad con las indagatorias".

El magistrado acogió la solicitud fiscal de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 15 y 16 de la Constitución de la República, 113, 125 a 127 del Código de Proceso Penal y artículos 1, 3, 18, 54, 60 y 160 del Código Penal.

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