21 de July del 2014 a las 20:25 -
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El auto de procesamiento
En las últimas horas se conoció el auto de procesamiento en el caso relacionado con ASSE producido por el Dr. Néstor Valetti

En las últimas horas se conoció el auto de procesamiento realizado por el titular del Juzgado del Crimen Organizado, Dr. Néstor Valetti, en el caso relacionado con irregularidades en hospitales de ASSE. 

LA PARTE RESOLUTIVA

Por lo expuesto y lo dispuesto por los arts. 15 y 16 de la 

Constitución, 125 y concordantes del C.P.P. y arts. 3, 18, 54,58, 

60, 157, 161 y 347 del Código Penal. 

RESUELVO: 

1) Decrétase el procesamiento y prisión de H.T T. por la 

comisión de un delito continuado de cohecho simple en 

reiteración real con un delito continuado de conjunción del 

interés personal y público. 

2) Decrétase el procesamiento sin prisión bajo caución 

juratoria de R. A. S. por la comisión de un delito continuado de 

conjunción del interés personal y público, con la imposición 

de medidas sustitutivas consistentes en la presentación una vez a la semana en la Seccional Policial de su domicilio durante noventa 

días. 

3) Decrétase el procesamiento sin prisión bajo caución 

juratoria de R. M.L. R. R.; R. A. B.; M. G. A. y G. J. L. H., por la 

comisión de un delito continuado de Estafa.

4) Decrétase el procesamiento sin prisión bajo caución 

juratoria de J. D. S. L. por la comisión de un delito continuado 

de cohecho simple. 

5) Decrétase el procesamiento sin prisión bajo caución

juratoria de J. W. L. DEL P.; A. C. S. G. y C. R. C. A. por la 

comisión de un delito continuado de cohecho simple, con la 

imposición de medidas sustitutivas consistentes en la presentación 

una vez a la semana en la Seccional Policial de sus domicilios 

durante noventa días. 

6) Téngase por incorporadas al sumario las presentes 

actuaciones y por designado Defensores a los actuantes. 

7) Solicítese al Instituto Técnico Forense planilla de 

antecedentes judiciales. 

8) Líbrense los oficios y comunicaciones correspondientes. 

9) Decrétase embargo genérico en bienes, derechos y

acciones de los encausados R. A. S., J. L. D. S. L., J. W. L. D. P., 

A. C. S. G. y C. C. A. por una suma equivalente a DOSCIENTAS 

(200) UNIDADES REAJUSTABLES y a H.T T. por una suma

equivalente a QUINIENTAS (500) UNIDADES REAJUSTABLES. 10) Comuníquese el procesamiento de H.T T. Y R. A. S. al 

Ministerio de Salud Pública y a la OFICINA NACIONAL DEL 

SERVICIO CIVIL. 

11) Comuníquese el cierre de fronteras de todos los

procesados a la Dirección Nacional de Migración. 

12) Diligénciese las probanzas solicitadas por el Ministerio 

público, citándose a prestar declaraciones a la Sra. Ministra de 

Salud Pública, Dra. S. M. y a la Sra. Presidenta de ASSE, Dra. B. 

S., previa aclaración del solicitante de determinar la calidad en 

que deberán ser citadas. 

13) Notifíquese a la Defensa y al Ministerio Público. 

 

EL AUTO DE PROCESAMIENTO COMPLETO

A continuación ofrecemos el texto completo del auto de procesamiento

 

 

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