La resolución judicial del Dr. Néstor Valetti y la acusación del Fiscal Dr. Gilberto Rodríguez, ambos trabajando en la órbita del Juzgado del Crimen Organizado, procesando a director de ASSE, dirigente gremial de la FFSP a la que pertenece el director señalado, y a integrantes de una empresa creada con el apoyo del sindicato y de cuatro empresarios que habitualmente ganan licitaciones en tareas mercerizadas para ASSE, deja al desnudo una trama de relaciones que en los casos anteriores ya han sido catalogados como delitos, y en el caso de muchas otras situaciones debemos hablar de irregularidades –por lo menos- con resoluciones que varias veces fueron observadas por el Tribunal de Cuentas y que coincidentemente involucra a empresas de las cuales sus principales fueron procesados por cohecho (es decir coimas) y que a pesar de esto mantienen contratos vigentes en varios puntos del país.
¿HAY MOTIVOS PARA INVESTIGAR EN MERCEDES?
Por separado hemos publicado declaraciones realizadas por el ex Sub Director del Hospital “Zoilo Chelle” de Mercedes, Dr. Pedro Ruiz en las que deja en claro las presiones ejercidas por los dirigentes sindicales procesados, cuando aun no se ha investigado en el centro de salud de la capital sorianense.
El propio Dr. Ruiz decía que “habría” algunas cosas para investigar y en ese sentido, tras conocer la resolución judicial y estando a 300 kms de la sede judicial se nos dificultó trabajar para relacionar algo de lo que allí se había probado según el Fiscal, con lo que eventualmente pueda haber –si es que hay- para investigar por Mercedes.
Entre las dificultades estaba el de establecer quienes son las empresas y empresarios involucrados en la sobrefacturación por un lado y más grave aun por el pago de coimas, con las cuales –según la investigación judicial- en ocasiones se torció el resultado de una licitación.
Recordemos además, como dato a tener en cuenta que en el Hospital Mercedes, la principal referente de la FFSP es la pareja del principal involucrado en presiones y coimas, Heber Tejeira y que estamos ante un centro asistencial donde el sindicato tiene un gran peso en el relacionamiento con el equipo de Dirección.
LOS EMPRESARIOS
Si bien en la resolución judicial la identificación de las Sociedades Anónimas se hace con su nombre genérico y no se establecen los socios, en el caso de una unipersonal solo están las iniciales y su coincidencia con la que aun tiene contratos vigentes con el Hospital Mercedes, es total.
Se trata de la empresa Jorge Lucero, cuyo titular es Jorge Washington Lucero del Puerto y que cuando se empieza a rastrear sus actividades, encontramos que se presenta en la mayor parte de los llamados a licitación de ASSE no sólo para la contratación de auxiliares de servicio, si no también para otras tareas y en la mayoría de los casos resulta ganadora de la licitación, aun cuando en algunas no es el mejor precio, pero los directores de los centros la prefieren y sus decisiones terminan siendo observadas en muchas ocasiones.
Pero no es la única empresa cuyos titulares fueron procesados, por el Dr. Néstor Valetti, y han tenido o tienen contrato con el Hospital Mercedes, otra es JOAKA S.A.
EL COMIENZO DEL RELACIONAMIENTO ESPECIAL CON LA FFSP
Todo surge a partir del incumplimiento de una empresa doloreña que tenía que servicio de limpieza del Hospital Mercedes, pero que incumple con las obligaciones de sus trabajadores y se hace inviable su continuidad, pero había que encontrar solución rápida para seguir cumpliendo la tarea y que la mayor parte de las personas que trabajaban en esa empresa mantuvieran su fuente laboral.
La salida la brindó el sindicato, la Federación de Funcionarios de Salud Pública (FFSP) sus dirigentes propusieron crear una asociación con el padrinazgo suyo, en la que quienes negociaba con las autoridades del centro de salud de ese momento, año 2011, era el dirigente gremial Heber Tejeira, conocido en el ámbito gremial como Toshiba. La firma creada fue Accional Promocional 18 de Julio, a la que se le otorga el servicio de limpieza, tisanería, telefonista y lavadero del Hospital Mercedes por el período abril a diciembre 2011, prorrogable automáticamente hasta el 31 de diciembre 2012, contrato por valor de $ 5.831.784 con impuestos incluidos.
LA LICITACION 3/13 ES EL INICIO DEL RELACIONAMIENTO CON LA EMPRESA LUCERO Y CON ADJUDICACION OBSERVADA POR EL TRIBUNAL DE CUENTA
ASSE realizó llamado a licitación pública, la 3/13 para la contratación de una empresa que brinde servicios de auxiliar de servicios en diferentes áreas del Hospital de Mercedes; se efectuaron las publicaciones correspondientes en la página web de Compras Estatales y en el Diario Oficial los días 7 y 14 de agosto de 2012 respectivamente, sin perjuicio de publicaciones en las Revistas Contacto y Guía Total (que dicho sea de paso, por estos lados no se conocen).
El procedimiento se inició en agosto, por lo que es de aplicación el TOCAF aprobado por el Decreto 150/2012 que entró en vigencia el 1 de junio de 2012.
Al acto de apertura se presentaron tres oferentes: Onamérica S.A. – MEGA, Jorge Washington Lucero del Puerto, Sevicol Ltda. y La Proa.
Con fecha 18 de setiembre de 2012, la Comisión Asesora aconseja adjudicar a la firma Jorge Washington Lucero del Puerto por mejor precio por el plazo de un año y por un monto total de $ 13.093.834,80 IVA incluido.
La resolución de adjudicación de fecha 2 de octubre de 2012 fue suscrita por el Director del Hospital de Mercedes, dejándose constancia que el gasto se atenderá con cargo a la reserva a efectuarse una vez abiertos los créditos del Ejercicio 2013 y que se cuenta con crédito suficiente para atender el gasto.
El artículo 48 del TOCAF aprobado por el Decreto 150/2012, aplicable al presente procedimiento, que refiere al contenido de los pliegos de bases y condiciones particulares, en su literal C) establece que deberá contener, como mínimo: “El o los principales factores que se tendrán en cuenta para evaluar las ofertas, así como la ponderación de cada uno a efectos de determinar la calificación asignada a cada oferta, en su caso”; si bien en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares se detalla los principales factores de evaluación, no se ponderan los mismos, por lo que se incumple con lo establecido en el referido artículo 48 del TOCAF.
Por otra parte, la Resolución del Directorio de ASSE de 16 de junio de 2010 asigna competencia de Ordenador Secundario de Gastos a los Directores de los Centros Departamentales con el doble del máximo de las licitaciones abreviadas, por lo que, teniendo en cuenta el monto de la contratación, el Director del Hospital de Mercedes no era competente para disponer el gasto.
Por lo tanto, el Tribunal de Cuentas resolvió observar el gasto el 24 de octubre 2012, observación que ratificó el 12 de diciembre 2012, entre otras cosas porque se adjudicó en base exclusivamente al factor precio, según aconseja la Comisión Asesora y por resolución del Director del Hospital, y no como decía el propio pliego: “La adjudicación se efectuará al mejor precio que reúna todas las condiciones exigidas en el pliego” y a continuación se detallan los elementos a tener en cuenta para la evaluación de las ofertas” (requisitos mínimos exigibles) los cuales los oferentes cumplen con todos ellos.
Por lo que el Tribunal de Cuentas resolvió mantener la observación formulada con fecha 24.10.2012, comunicar al Poder Ejecutivo, dar cuenta a la Asamblea General y devolver las actuaciones.
EN EL HOSPITAL DE CARMELO LE RESCINDEN EL CONTRATO A LUCERO POR INCUMPLIMIENTOS VARIOS
En sesión del 15 de enero 2014 el Tribunal de Cuentas analiza y aprueba la decisión del Hospital “Artigas” de Carmelo de rescindir el contrato a la empresa Jorge Washington Lucero del Puerto que estaba contratada por licitación 2/11 para tareas de limpieza y otros servicios, el contrato era por un año prorrogable por otro.
La Dirección del Hospital Artigas expresa que la empresa no aporta correctamente al Banco de Previsión Social ni liquida correctamente los haberes de los empleados, a pesar de reiteradas observaciones. Analizados los descargos de la empresa no se aceptan por incorrectos e irracionales y se expresa que además al momento de presentar los descargos algunos trabajadores continuaban en las nóminas del BPS con un salario incorrecto.
La Dirección del Hospital de Carmelo, con fecha 30 de abril 2013, resuelve rescindir el Contrato del Servicio de Auxiliares de Limpieza y el Servicio de Cocineras y Tizaneras a partir del 1 de junio de 2013, por considerar lo ocurrido una falta grave que afecta la seguridad y el ambiente laboral de los trabajadores de esos servicios.
Resolución del Gerente Administrativo de la Administración de los Servicio de Salud del Estado de fecha 11 de noviembre de 2013, homologa la Resolución dictada por la Dirección del Hospital de Carmelo de fecha 30 de abril de 2013, por la cual se rescindió a partir del 1 de junio de 2013 el Contrato de Licitación Pública 2/11 “Contratación de Empresa de Limpieza” a la empresa adjudicataria Jorge Lucero del Puerto.
CON ESTOS ANTECEDENTES, EN EL HOSPITAL DE MERCEDES VUELVEN A CONTRATAR A LA EMPRESA JORGE LUCERO
En la sesión del 2 de abril 2014, el Tribunal de Cuentas de la República analizó el llamado a licitación pública 1/2014 del Hospital de Mercedes para contratación de servicio de auxiliares de servicio.
Se presentaron al acto de apertura las siguientes empresas: Rose Sánchez Ana María, cotiza valor hora $ 152 más IVA. Lucero del Puerto Jorge, cotiza valor hora $ 157,96 más IVA. Fragvi cotiza valor hora $ 173,2 más IVA y Joaka, cotiza valor hora $ 183,83 más IVA. La oferta número uno, no presentó depósito de garantía de mantenimiento de oferta.
La Comisión Asesora aconsejó adjudicar a Lucero del Puerto Jorge en virtud del mejor precio, “sin perjuicio de los antecedentes negativos, conforme posición adoptada en informe previo de la asesoría jurídica del organismo”, por un total anual de $ 12.043.679.
La resolución del Director del Centro Departamental de Mercedes adjudicó el contrato a la firma Lucero del Puerto Jorge por $ 36.131.037, por el Ejercicio 2014.
El plazo de la contratación será de un año y se prorrogará automáticamente por hasta dos períodos iguales, teniendo como vencimiento el 31.12.2016.
El Tribunal sostiene que se contravino el Artículo 10 del Pliego, que indica que para la evaluación y adjudicación de la oferta más conveniente se atenderán los antecedentes del oferente en cuanto a incumplimientos en el servicio.
De obrados “surgen incumplimientos reiterados y de entidad grave por parte de la firma adjudicataria, los que, conforme el informe de la Asesoría Jurídica de ASSE de fecha 20/12/13, fueron debidamente documentados y comunicados por la Administración”.
“Razones de buena administración”, sigue diciendo la resolución del TCR “ameritan no esperar cumplir el procedimiento dispuesto por el Decreto 155/13, desde que el propio artículo 26 del mismo exige que los Organismos Públicos verifiquen respecto del contratista, entre otros elementos, “la ausencia de elementos que inhiban su contratación”.
Por lo expresado el Tribunal de Cuentas observó el gasto y devolvió las actuaciones.
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EL CASO DE LA EMPRESA JOAKA S.A.
La empresa Joaka S.A. es otra de las que su titular fue procesado sin prisión por el delito de cohecho (coima) y también mantiene vínculos laborales con el Hospital “Zoilo A. Chelle” de Mercedes y al igual que la empresa Lucero, se presenta y muchas veces obtiene las licitaciones en varios departamentos.
En agosto 2012 el Hospital Mercedes realizó llamado a licitación pública 2/13 para la contratación de Servicio Auxiliar de Registros Médicos y Administrativos.
Se efectuaron las publicaciones correspondientes en la página web de Compras Estatales y en el Diario Oficial los días 8 y 14 de agosto de 2012 respectivamente, sin perjuicio de la publicación en la Revista Contacto.
Se redujeron los plazos de publicación.
El procedimiento se inició en agosto, por lo que es de aplicación el TOCAF aprobado por el Decreto 150/2012 que entró en vigencia el 1 de junio 2012.
Al acto de apertura se presentaron tres oferentes: Jorge Washington Lucero del Puerto, Eduardo Berruti y Asociados y JOAKA S.A.
Con fecha 18 de setiembre 2012, la Comisión Asesora aconseja adjudicar a la firma JOAKA S.A. por el plazo de un año y por un monto total de $ 3.203.313 IVA incluido.
La resolución de adjudicación de fecha 2 de octubre 2012 fue suscrita por el Director del Hospital de Mercedes.
El artículo 48 del TOCAF aprobado por el Decreto 150/2012, refiere al contenido de los pliegos de bases y condiciones particulares, en su Literal C) establece que deberá contener, como mínimo: “El o los principales factores que se tendrán en cuenta para evaluar las ofertas, así como la ponderación de cada uno a efectos de determinar la calificación asignada a cada oferta, en su caso; si bien en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares se detalla los principales factores de evaluación, no se ponderan los mismos, por lo que se incumple con lo establecido en el referido Artículo 48 del TOCAF.
Ello determinó que el Tribunal de Cuentas observara el gasto.
UN SEGUNDO LLAMADO TAMBIEN OBSERVADO POR INCUMPLIMIENTO ELEMENTAL NO PRESENTO CALIFICACION DEL PERSONAL
El 5 de febrero 2014 el Tribunal de Cuentas decidió observar el gasto y comunicar a la contadora delegada de ASSE, decisión referida al llamado a licitación 8/2014 para proveer el servicio en áreas de registros médicos y administración.
Al acto de apertura de ofertas realizado con fecha 27 de diciembre 2013 se presentó una única oferta de JOAKA S.A.
La Comisión Asesora de Adjudicaciones, con fecha 7 de enero de 2014, recomienda adjudicar a JOAKA S.A. por único oferente, considerando que es una oferta con viabilidad económica, el plazo de la contratación es de un año a partir de la notificación de la resolución de adjudicación.
Se establece un proyecto de Resolución de la Dirección del Hospital Mercedes adjudicando el llamado de acuerdo con lo recomendado por la Comisión Asesora, por un total anual de $ 3:608.901 IVA incluido.
Sin embargo, no resulta acreditado que JOAKA SA cumpla con el objeto del llamado establecido en el Pliego de Condiciones Particulares, ya que no adjunta la nómina de funcionarios a contratar y su titulación habilitante.
El Pliego de Condiciones Particulares no cumple con el inciso final del Artículo 48 del TOCAF en la medida que exige al oferente la presentación de documentación que, de acuerdo con dicha norma, sólo se debe exigir al adjudicatario.
NO HAY DOS SIN TRES
El 26 de marzo 2014 el Tribunal de Cuentas mantuvo la observación anterior (5 de febrero), resolvió comunicar al Poder Ejecutivo y dar cuenta a la Asamblea General ya que en las actuaciones remitidas por ASSE se reiteraba el gasto observado, a pesar que se mantenían incambiadas las razones por las cuales se observó el gasto de referencia (mencionadas en la referencia anterior), no esgrimiéndose por parte de la Administración argumentos que ameriten su reconsideración y subsiguiente levantamiento.
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LAS EMPRESAS CUYOS TITULARES FUERON PROCESADOS POR PAGAR COIMAS A FUNCIONARIO ESTATAL, ¿SEGUIRAN TRABAJANDO PARA EL ESTADO, EN ESTE CASO PARA EL HOSPITAL MERCEDES?
Esta es la interrogante que surge tras la decisión judicial y la gravedad de lo que se les imputa. ¿Es posible que se siga manteniendo el vínculo contractual?
El Fiscal de la causa, Dr. Gilberto Rodríguez estableció en su acusación que Tejeira aprovechándose de su condición de representante de los funcionarios de salud pública, recibió giros de diversas empresas que prestaban servicios, APEX SA, LUCERO, JOAKA SA, ONAMERICA SA en retribución a la intervención que lograba, sea directamente o a través de un adjunto a Alfredo Silva para acelerar los pagos.
Asimismo surge acreditado se señala en la acusación fiscal, que Tejeira tenía contacto permanente con los directivos de las empresas tercerizadas y cuyos directivos se investigan, a los que, a cambio de dinero (surgen acreditados múltiples giros), presionaba con generar conflictos sindicales con su respectivo personal. Son contundentes los testimonios de quienes admiten haberle girado dinero, sea para evitar los problemas antes mencionados, así como, para acelerar el trámite de los pagos.